Finca rústica de 3232 m² en Arico con vistas al mar
Descubre esta amplia finca rústica de 3232 m² en el municipio de Arico (Tenerife), un entorno relajante y pintoresco, ideal para alejarte del bullicio urbano y disfrutar de la tranquilidad y la belleza de la naturaleza.
La propiedad está vallada perimetralmente con postes de hierro y malla, lo que garantiza seguridad y privacidad en un entorno muy tranquilo y rural. El terreno está nivelado y cuenta con acceso directo desde la carretera, a través de una entrada con puerta corredera automática, facilitando el acceso de vehículos y el uso diario del espacio.
Desde la finca podrás disfrutar de impresionantes vistas al mar y al paisaje circundante, con un clima suave y un entorno natural muy bien valorado en la zona de Arico.
Importante: el terreno no dispone de pozo, suministro de agua ni luz eléctrica, y la construcción está prohibida. Es perfecto para quienes buscan un gran espacio natural para uso rural, apoyo a una explotación agrícola existente o para disfrutar de un refugio en plena naturaleza.
Oportunidad ideal para inversores o personas que buscan tranquilidad, vistas al mar y un terreno de entidad propia en Arico.
CLÁUSULA REGALO – Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos
(Ley 10/2025)
PRECIO DE VENTA: indicado en anuncio + gastos
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de CANARIAS(generalmente el 6.5€ %, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral.
Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.
Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratado servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, los honorarios notariales, la inscripción en el Registro de la Propiedad y los tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar en los siguiente enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28112
https://www3.gobiernodecanarias.org/tributos/atc/impuestos